Se terminó el cupo femenino: A favor de las empresas, el Gobierno derogó una normativa K

La Inspección General de Justicia derogó una resolución firmada durante el gobierno de Alberto Fernández que establecía "la paridad de género" en los órganos de la administración de las sociedades.
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redacción

A través de la Resolución General 13/2024, la Inspección General de la Justicia (IGJ) derogó cuatro resoluciones firmadas por el expresidente Alberto Fernández que exigían a las empresas contratar la misma cantidad de empleados hombres que mujeres.

De acuerdo a lo informado por el titular de la Inspección General de Justicia, Daniel Roque Vítolo, las resoluciones derogadas son las 34/2020, 35/2020, 42/2020 y 12/2021que obligaban imperativamente a personas jurídicas privadas a tener igual número de hombres y mujeres en sus órganos de administración y fiscalización”.

“La obligación de tener hombres y mujeres en igual número en personas jurídicas creadas por particulares había sido invalidada por la Justicia tanto en el fuero Comercial y en el Contencioso Administrativo Federal, por sentencias firmes donde los camaristas señalaron que la IGJ había invadido facultades del Congreso”, explicó Vítolo en X.

La primera medida, ahora derogada, fue dictada en agosto del 2020 y establecía que las asociaciones civiles o anónimas, sociedades del Estado, simples asociaciones y fundaciones con un “consejo de administración de integración temporaria y electiva” debían estar conformadas por igual cantidad de hombres y mujeres en su administración.

En ese sentido, Vítolo consideró que “no es facultad del Poder Ejecutivo decirle a los particulares cómo deben constituir los órganos de las personas jurídicas que constituyen, cuando tienen la libertad que para ello les asigna la Constitución nacional”.

Asimismo, Vítalo denunció que durante el gobierno anterior, la IGJ intentó defender su posición y solicitar la derogación de tales resoluciones, pero “esos recursos fueron denegados”.

Ahora, ante un nuevo panorama, concluyó: “Igualdad de oportunidades y de acceso no es sinónimo de que el Estado le diga a las personas quiénes deben dirigirlas en su actividad privada”.

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